El objetivo del Instituto es que los afiliados puedan continuar con su tratamiento sin ser aislados de su entorno socio familiar, evitando así el recurso extremo de la internación.
El trámite puede ser iniciado por el titular o persona autorizada y/o quien acredite vínculo personal con el afiliado.
¿Qué documentación debe presentar?
● Carnet de IPROSS del titular y/o afiliado a cargo.
● Último recibo de haberes del titular.
● Copia fiel del certificado de discapacidad en casa de poseerlo.
● Solicitud médica realizada por el profesional tratante (neurólogo/psiquiatra) y situación actual del paciente.
● Formulario N°1 https://rionegro.gov.ar/contenido/IPROSS/Acompa%C3%B1ante%20terap%C3%A9utico%20(1).pdf
● En caso de estar concurriendo a una institución, adjuntar copia de la orden de autorización y acta de la institución prestando conformidad del ingreso del A.T para el desempeño de su tarea.
La elección y búsqueda estará a cargo del afiliado y/o la red primaria de apoyo.
Cabe destacar que el Instituto ofrece una ayuda económica, la totalidad deberá ser abonada por el afiliado. La cobertura es bajo la modalidad de reintegro (al afiliado). Para ello, el afiliado deberá presentar factura original (B o C) y planilla de asistencia diaria firmada por el familiar y el Acompañante Terapéutico.
A su vez, es importante resaltar que no existe relación contractual entre el acompañante y el IPROSS.
Para mayor información ingresar al siguiente link:
https://ipross.rionegro.gov.ar/programa/65/ipross-acompanante-terapeutico?n=MzQ1